
Cumplimentación nuevo modelo de trabajo

Desde el 5 de octubre de 2026, las empresas deben entregar por escrito a la persona trabajadora la información esencial del contrato y de sus condiciones de trabajo, normalmente antes del inicio de la relación laboral. El modelo del SEPE ayuda a ordenar y acreditar esa información, pero no obliga a rehacer el contrato si este ya contiene parte de los datos exigidos.
Claves prácticas:
• No es obligatorio usar solo el modelo oficial: puede cumplirse con el contrato, siempre que la información esté completa.
• La obligación general se aplica a relaciones laborales de más de 4 semanas.
• Para relaciones ya vigentes a 5 de octubre de 2026, no hay entrega automática a toda la plantilla: solo si la persona trabajadora lo solicita, con plazo de 30 días hábiles para responder si no dispone ya de esa información
• Debe revisarse con espenido sobre salario, jornada, turnos, variables, trabajo en el extranjero y, como novedad, sistemas algorítmicos o automatizados que afecten a condiciones laborales.
• Es importante conservar prueba de entrega y evitar apartados en blanco: si algo no aplica, conviene indicar “No procede”.
Conviene revisar ya los contratos y documentación de alta para comprobar qué información falta y completar el expediente antes de incorporar a la persona trabajadora.



