BONOS CONSUMO Sant Joan d'Alacant 2025
- Alfredo Bernabeu

- hace 7 días
- 2 Min. de lectura
Actualizado: hace 6 días

Convocatoria y Bases Reguladoras de las subvenciones “Bonos al Consumo de Sant Joan d’Alacant 2025”, según el documento publicado en el BOP nº 219 de 17/11/2025 :
Resumen – Bonos al Consumo Sant Joan d’Alacant 2025
Objeto
Impulsar el consumo en comercios, hostelería y servicios del municipio, promoviendo la economía local. Presupuesto total: 120.000 €.
Funcionamiento de los bonos
* Bonos de 10 €, 20 € y 50 €.
* El consumidor paga el 50 % y el Ayuntamiento subvenciona el otro 50 %.
* Límite máximo por persona: 100 € de subvención.
* Los bonos se compran y descargan digitalmente; quedan asociados al DNI/NIE del beneficiario.
Requisitos de los consumidores
* Ser mayor de edad.
* Estar empadronado en Sant Joan d’Alacant.
* Disponer de tarjeta bancaria y DNI/NIE.
* Aceptar que la ayuda constituye ganancia patrimonial a efectos del IRPF 2025.
* Declaración responsable conforme al art. 13 de la LGS.
Fechas de la campaña
* Compra y canje: del 4 al 21 de diciembre de 2025.
* Servicio presencial solo para mayores de 65 años: 4 de diciembre, de 9:00 a 14:00, en la Agencia de Desarrollo Local.
Comercios y establecimientos participantes
* Comercios, hostelería y servicios con local en el municipio.
* Actividades sin local: deben tener domicilio fiscal en Sant Joan d’Alacant.
* Actividades admitidas: según listado de epígrafes IAE incluido en el Anexo I.
* Adhesión gratuita y telemática mediante la web creada por la entidad colaboradora.
* Deben aportar certificado de situación en el censo de actividades (AEAT).
Uso de los bonos en los establecimientos
* Los bonos se presentan mediante su identificador digital.
* El comercio debe verificar el NIF/NIE asociado antes del pago.
* Son compatibles con descuentos, ofertas o rebajas del comercio.
* Los bonos se pueden acumular en una misma compra.
* Bonos no usados antes del 21/12/2025 no serán reembolsados.
Compensación a los comercios
* El comercio debe subir una foto del ticket a la plataforma (debe constar nombre, CIF y datos del cliente).
* La entidad colaboradora abonará semanalmente los importes canjeados mediante transferencia bancaria.
Anexo I – Actividades incluidas (resumen)
Amplio listado de epígrafes IAE: comercios minoristas, textil, alimentación, hostelería, servicios personales, reparaciones, agencias de viaje, enseñanza no reglada, clínicas, veterinarios, peluquería/estética, fotografía, etc. (ver documento íntegro en https://sede.diputacionalicante.es/consultas-bop/www.bop.alicante.es consulta fecha 17/11/2025)



