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Formación en alternancia bonificados

  • Foto del escritor: Alfredo Bernabeu
    Alfredo Bernabeu
  • 27 mar
  • 2 Min. de lectura
CONTRATOS DE FORMACIÓN BONIFICADOS
CONTRATOS DE FORMACIÓN BONIFICADOS

El contrato de formación en alternancia (anteriormente llamado contrato para la formación y el aprendizaje) tiene como objetivo compatibilizar la actividad laboral retribuida con los procesos formativos del trabajador. A continuación te resumo sus condiciones, características y bonificaciones más relevantes (actualizado a 2025 según normativa vigente):

1. Requisitos del trabajador

• Edad: entre 16 y 30 años (sin límite de edad si se trata de personas con discapacidad o colectivos en riesgo de exclusión).

• No debe tener cualificación profesional reconocida para el puesto (relacionada con la formación asociada al contrato).

• Estar inscrito como demandante de empleo (no siempre es obligatorio, pero puede ser necesario para aplicar bonificaciones).

2. Duración del contrato

• Mínima: 3 meses

• Máxima: 2 años

• Prorrogable si no se alcanza la duración máxima (dentro del mismo ciclo formativo).

• No se puede contratar al mismo trabajador para la misma formación más de una vez.

3. Jornada laboral

• Máximo 65% de jornada laboral el primer año.

• Máximo 85% el segundo año.

• El resto del tiempo debe dedicarse a la formación teórica vinculada a la actividad laboral.

4. Retribución

• Proporcional al tiempo de trabajo efectivo según el convenio colectivo aplicable, y nunca inferior al SMI en proporción a la jornada.

• En 2025, el SMI es de 1.184 € brutos/mes (14 pagas). Por tanto, para una jornada del 65%, el salario mínimo sería aprox. 760 € brutos/mes.

5. Formación

• Debe estar vinculada a certificados de profesionalidad, formación profesional o titulaciones del catálogo del SEPE.

• Puede impartirse por centros autorizados o acreditados (presenciales u online).

6. Bonificaciones y beneficios para la empresa

• 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social (empresas de menos de 250 trabajadores).

• 75% de bonificación en las cotizaciones si la empresa tiene 250 o más trabajadores.

• Bonificación del 100% del coste de la formación teórica.

• Bonificación adicional por tutorización:

• Hasta 80 €/mes por trabajador el primer año.

• Hasta 60 €/mes el segundo año.

• Reducción de cuotas por conversión en indefinido (si se transforma al finalizar):

• 1.500 €/año durante 3 años (1.800 € si es mujer).

7. Obligaciones de la empresa

• Designar un tutor laboral que supervise al trabajador.

• Garantizar la compatibilidad entre trabajo y formación.

• Formalizar el contrato por escrito y con su anexo de actividad formativa.

• Registrar el contrato en el SEPE.


En ASESORIA BERNABEU formalizamos este tipo de contratos para que nuestros clientes ahorren lo máximo en el ámbito laboral



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