Aplazamientos en AEAT
- Alfredo Bernabeu
- hace 6 días
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Actualizado: hace 5 días

Las deudas en Agencia Tributaria se pueden aplazar
Condiciones del aplazamiento
Importe hasta 50.000 euros: no se requiere aportar garantías.
Importe superior a 50.000 euros: se deben aportar garantías adecuadas.
Intereses: se aplicará el interés de demora vigente (actualmente, 4,0625% para 2024).
Plazos: la periodicidad es mensual, y el número de plazos se determina en función del importe y la capacidad de pago del solicitante.
Documentación necesaria
En la solicitud se deben incluir los siguientes datos:
Clave de liquidación
Importe de la deuda
Tipo de garantías ofrecidas (si procede)
Datos de la cuenta bancaria para la domiciliación
Número de plazos y periodicidad
Fecha del primer plazo (día 5 o 20 del mes correspondiente)
Motivo de la solicitud
Consideraciones adicionales
Las deudas correspondientes a retenciones e ingresos a cuenta no pueden ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento.
Es importante estar al corriente de las obligaciones tributarias para que la solicitud sea admitida.
En www.asesoriabernabeu.es nos encargamos de gestionar las solicitudes de aplazamiento. Ponte en contacto con nosotros